Efectivamente, para poder acceder a las subvenciones del Kit Digital, las empresas y autónomos deben cumplir una serie de requisitos. Estos requisitos pueden variar ligeramente en función de la convocatoria específica del Kit Digital, pero generalmente incluyen lo siguiente:

  • Ser autónomo, pequeña empresa o microempresa.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y tener la antigüedad mínima establecida por convocatoria (por ejemplo, 6 meses).
  • No ser considerada empresa en crisis.
  • Estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que declare una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas ‘minimis’, que establece el máximo de ayuda pública que una empresa puede recibir en un periodo de tres años.
  • Es importante que las empresas y autónomos consulten los requisitos específicos de cada convocatoria del Kit Digital para asegurarse de que cumplen con todos los criterios exigidos.